(Chile) La Dirección del Trabajo sostiene que el accidente laboral “es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte”. El recorrido debe ser racional y no interrumpido. Mientras que, en el inciso 2º del artículo 5 de la ley 16.744 se establece que “son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso,…Seguir leyendo
Leyendo el periódico, oyendo la radio o viendo televisión encontramos noticias de atropellamientos, accidentes de tránsito que traen consigo heridos y hasta muertos. Gran parte son aquellos llamados accidentes de trayecto. ¿Recuerdan lo que es un accidente de trayecto? Es aquel que puede ocurrir en el transcurso del hogar para el trabajo y del trabajo para la casa, inclusive en los horarios de refrigerio. Repasaremos aquí, las causas más comunes…Seguir leyendo