El presente documento tiene por objeto determinar las obligaciones en materia preventiva de los empresarios titulares de las instalaciones con respecto de las instalaciones de gases combustibles más habituales: las instalaciones receptoras de combustibles gaseosos (en adelante CG) y los aparatos de gas, ambas incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
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