¿Qué pasa si tengo un accidente camino al trabajo?
Charlas de Seguridad 6 de junio del 2016 Accidentes Laborales No hay comentarios
Antes de la industrialización de los centros urbanos, la gente curraba tranquilamente en sus casas. Eso de tener que desplazarse para ocupar el lugar de trabajo es una herencia de la era industrial, un tiempo en el que la gente empezó a vender su tiempo a terceros en fábricas sitas en ciudades cada vez más pobladas. La aritmética aquí es simple: desplazamiento forzado y trayecto plagado de gente desplazándose suman una alta probabilidad de darse un porrazo yendo a trabajar.
Pero al mero hecho de tener que desplazarse hay que sumarle el elemento tecnológico relativo al desplazamiento, ya que las probabilidades de sufrir una accidente de camino al trabajo o volviendo a casa han ido aumentando con los avances tecnológicos asociados a los medios de transporte. Siguiendo la evolución desde el siglo XVIII, la cosa ha ido siempre a peor. El caballo superó a los propios pies en una peligrosidad que el carro y el coche, respectivamente, han aumentado con creces.
Los accidentes in itinere
Un accidente in itinerees el que se sufre yendo al o volviendo del trabajo. Pero cualquier porrazo ocurrido en ese desplazamiento no es suficiente para que el accidente se considere laboral, y es necesario que se cumplan ciertos requisitos básicos. A saber, que el trayecto se realice entre el puesto de trabajo y la vivienda, sin que pueda interrumpirse el mismo por motivos ajenos a la naturaleza del trabajo. Además el circuito recorrido debe ser el habitual.
Resumiendo, si te la pegas con el coche yendo a currar o volviendo a casa después de trabajar, solo se considerará accidente laboral si conduces por el camino de todos los días sin pararte (obviando las pausas forzadas de los semáforos en rojo, claro). Esto quiere decir que no se considera accidente laboral darse un tortazo en una calle que no transitas nunca para ir de casa al trabajo, y viceversa, o si te paraste cinco minutos en la panadería del barrio para comprar una baguette antes de aparcar.
¿Qué pasa si sufro un accidente in itinere?
Aunque existen algunas diferencias conceptuales entre los calificativos «laboral» e «in itinere«, un accidente in itinere se trata legalmente en todos los sentidos como un accidente laboral, como si se hubiera producido en el mismo puesto de trabajo. Esto es así porque se entiende que las lesiones sufridas en el accidente lo son por consecuencia del trabajo. Por lo tanto, el trabajador accidentado tiene derecho, entre otras cosas, al subsidio por incapacidad laboral (hasta 18 meses).
El accidente in itinere tiene incluso las mismas ventajas que un accidente laboral, si puede decirse así, frente a un accidente común. Las indemnizaciones por este tipo de accidentes, al igual que en los accidentes laborales propiamente dichos, son bastante más altas. Además, si producto del accidente se produjera la invalidez del trabajador, se disfrutaría también de una pensión vitalicia (hasta el 150% de la base salarial) y de una indemnización por daños y perjuicios.