La ley reconoce como accidente laboral toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte. Estos pueden ocurrir en actividades gremiales, de capacitación ocupacional o en el desarrollo de cualquier actividad, incluyéndose los accidentes que ocurran en el trayecto de ida o regreso entre la casa y el lugar de faena, trabajo o viceversa. El trayecto…Seguir leyendo